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El Colegio de Veterinarios de León recuerda que los propietarios o tenedores de perros potencialmente peligrosos deben solicitar antes una licencia administrativa a su Ayuntamiento

25 de Abril de 2019.- El Colegio Oficial de Veterinarios de León pone esta vez el acento en los Perros Potencialmente Peligrosos para recordar los requisitos que se deben de cumplir para tener un perro de estas características. El presidente del Colegio Oficial, Luciano Díez Díez, recuerda que “no todo el mundo puede tener cualquier mascota, ya que por su potencia y tamaño, en situaciones de estrés pueden ser peligrosas”. 
Por eso se ha legislado específicamente sobre los Perros Potencialmente Peligrosos (PPP). En primer lugar, todos los perros deben estar identificados y registrados en la base de datos de la Junta de Castilla y León. SIACYL. ORDEN AYG/610/2016, de 31 de mayo, que regula su funcionamiento (Art. 6, 1 “Todo perro deberá estar identificado por procedimiento electrónico en el plazo máximo de tres meses desde su nacimiento, o antes de su primera adquisición”). 

Este registro solo lo puede hacer un veterinario colegiado. Además, obligatoriamente, el dueño debe darlo de alta en el Ayuntamiento donde reside el perro para el Censo municipal. 

El Colegio quiere aclarar que estos perros que por su carácter, tamaño y corpulencia pueden llegar a ser peligrosos exigen por Ley (Ley 50/1999 y R.D. 287/2002) una serie de obligaciones a las personas que los tienen bajo su responsabilidad en cada momento, bien sea su dueño o tenedor ocasional momentáneo.

Antes de hacerse cargo de un Perro Potencialmente Peligroso, sea como propietario o tenedor, se debe tener la Licencia Administrativa para la tenencia de perros potencialmente peligrosos, la cual debe solicitarse en el Ayuntamiento de residencia. Recuerden, siempre antes. 

Si ya tiene un perro de estas características y no tiene licencia, debe solicitarse cuanto antes en su Ayuntamiento para regularizar su situación. No le sancionarán por solicitarla, pero sí pueden sancionarle si no lo regulariza.

Los requisitos necesarios para obtener la licencia son:
1 - Ser mayor de edad.
2 – Certificado de penales.
3 – No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves conforme a la Ley de tenencia de animales potencialmente peligrosos
4 – Certificado de capacidad física y aptitud psicológica.
5 – La formalización de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros no inferior a 180.000€.


El Colegio advierte además que estos perros potencialmente peligrosos, en lugares y espacios públicos, deben ir obligatoriamente con bozal apropiado y ser conducidos con cadena o correa no extensible de menos de dos metros, sin que pueda llevarse más de uno por persona.

Acudir a veterinarios colegiados y clínicas registradas

El presidente del Colegio Oficial de Veterinarios recuerda además a todos los propietarios de mascotas “que tengan los debidos cuidados con ellas, que los lleven siempre a veterinarios colegiados y a los centros veterinarios, consultorios, clínicas u hospitales veterinarios registrados”. Ambos datos son fácilmente comprobables en el Colegio Oficial de Veterinarios y en su página web. 

“Por el bien de sus queridas mascotas deben seguir las recomendaciones sobre su alimentación y las desparasitaciones, vacunaciones y revisiones necesarias” para mantenerlos sanos y en las mejores condiciones posibles para ellos y para las personas con las que conviven.

Díez recuerda que “las mascotas no son un juguete, son seres vivos, con sus necesidades fisiológicas y sociológicas, que nosotros estamos obligados a facilitar”.
 

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